El Gobierno nacional anunció este sábado que determinará la esencialidad en el servicio aeronáutico comercial para garantizar servicios mínimos a la población por vía de un decreto reglamentario.
El Ministerio de Capital Humano informó que decidió reglamentar la esencialidad de la actividad aeronáutica, civil, aerocomercial pública y privada en todo el territorio nacional "dada la importancia estratégica de este sector para la conectividad, el comercio y el transporte de pasajeros".
El decreto reglamentario establecerá medidas para garantizar un nivel mínimo de servicios ante conflictos laborales que puedan interrumpir total o parcialmente las actividades.
"Esta acción se estableció luego de constatarse que, tras el paro realizado el viernes por los gremios del sector aerocomercial APLA y APA, no se garantizaron servicios mínimos que deberían preverse en el marco de la esencialidad prevista en el Artículo 2 de la Ley 17.285", informaron desde Capital Humano.
La mencionado Ley es el “Código Aeronáutico Argentino”, que, como se menciona en su primer artículo, “rige la aeronáutica civil en el territorio de la República Argentina”. Efectivamente, el artículo 2 dice textualmente: “La aeronáutica civil aerocomercial es un servicio esencial”.
Y esta es la “ventana” que Capital Humano espera abrir para limitar el derecho a huelga por la vía de la reglamentación. Los sindicatos anuncian que, como ya ocurrió anteriormente, se recurrirá a la justicia toda vez que, por la vía de un decreto, se vaya contra un derecho consagrado en la Constitución Nacional.
El Secretario de Trabajo, Julio Cordero, destacó que "la Ministra Sandra Pettovello nos ha instruido a avanzar rápidamente en este sentido dada la importancia estratégica de este sector para la conectividad, el comercio y el transporte de pasajeros".