El Departamento hizo presentaciones idénticas en dos juicios ante la Corte de Distrito de Nueva York en los que Argentina es demandada, el primero es "Petersen/Eton Park vs. Argentina", originado en la expropiación de YPF y el segundo es "Bainbridge vs. Argentina", en relación a los bonos emitidos antes de la crisis del 2001. Se trata en este caso de fondos buitres que adquirieron bonos con el propósito de ir a juicio por lo que decidieron en su momento no canjear en las reestructuraciones ofrecidas por Argentina en los años 2005, 2010 y 2016.
En ambos casos los demandantes, Burford por Petersen y Eton Park y Bainbridge, pidieron a la Corte de Distrito que ordene a la Argentina a trasladar al estado de Nueva York las acciones de YPF S.A. que son propiedad de la Nación para proceder luego a su venta forzada y usar el producido para satisfacer las sentencias.
Los pormenores
En septiembre, en un nuevo capítulo del juicio por la expropiación de YPF, el gobierno de Estados Unidos había decidido intervenir en el proceso, por lo que le envió una carta a la jueza Preska.
El Departamento de Justicia le solicitó a la magistrada que le diera tiempo para evaluar mandar una opinión acerca del proceso que se lleva adelante entre los demandantes y el Estado argentino sobre el pago de la indemnización de US$16.100 millones.
En este contexto el Departamento de Justicia de Estados Unidos le expresó a la Corte de Distrito que hacer lugar al pedido de las demandantes sería contrario a la ley americana y tendría repercusiones adversas para la política exterior del gobierno de los Estados Unidos.
Según el Departamento de Justicia, bajo la ley de los Estados Unidos, la regla general es que la propiedad de un soberano ubicada fuera de los Estados Unidos goza de inmunidad absoluta.
Además, sostuvo que hacer lugar al pedido de las demandantes generaría un riesgo (adverso) de reciprocidad por gobiernos y cortes extranjeras con respecto a propiedades del gobierno de los Estados Unidos, con serias repercusiones para la política exterior de los Estados Unidos. Si no se respetase ese precepto, muchas compañías estadounidenses podrían tener problemas de reciprocidad en las jurisdiciones en dónde dejan sentencias sin pagar en general y en Argentina en particular.
La manifestación clara y contundente del Departamento de Justicia respalda la oposición de la República Argentina a las medidas pedidas por las demandantes. Por su parte, la República Argentina continuará ejercitando sus derechos de defensa para revertir la decisión de la Corte de Distrito sobre el fondo de la cuestión.
La recomendación producida no es vinculante: el Departamento de Justicia opina en calidad de “Amicus” del tribunal, pero no es una parte del jucio.