La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a El Salvador por negar un aborto
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó este viernes al Estado salvadoreño por incurrir en violencia obstétrica y violar el derecho a la salud de Beatriz, una joven que en el año 2013 fue obligada a dar a luz a un feto que no tenía posibilidades de sobrevivir tras un embarazo que puso en riesgo la vida de la gestante.
La sentencia no menciona explícitamente la negación del derecho al aborto, pero es la primera vez que la CIDH emite una decisión sobre un caso de esta naturaleza en América Latina y sienta precedente para todos los países que suscriben la Convención Americana de Derechos Humanos.
La Corte encontró al Estado salvadoreño "internacionalmente responsable" por el incumplimiento en garantizar los derechos de "una mujer que transitó un embarazo con riesgos múltiples en una situación de violencia obstétrica", según señala la sentencia.
El Caso Beatriz
Beatriz padecía lupus, una enfermedad autoinmune que había complicado su primer embarazo. Cuando quedó embarazada por segunda vez, a los 22 años, los médicos descubrieron que gestaba un feto con anencefalia, una anomalía congénita grave que se caracteriza por la ausencia de una parte importante del cerebro y del cráneo. El feto en gestación no tenía ninguna posibilidad de sobrevivir.
Aunque las leyes de El Salvador castigan con cárcel la interrupción del embarazo sin excepciones, Beatriz introdujo un recurso ante la Justicia salvadoreña para pedir que se le permitiera abortar.
La Sala Constitucional de El Salvador le negó el acceso a este procedimiento a pesar de que un comité médico de 15 especialistas recomendó la interrupción del embarazo para salvar la vida de Beatriz.
Eso obligo a Beatriz, debilitada por el lupus y devastada emocionalmente por la situación a dar a luz a una criatura que falleció cinco horas después del parto.
"La falta de certeza jurídica sobre el abordaje de su caso llevó a burocratizar y judicializar la atención médica requerida, lo que afectó la integridad personal de la víctima y de su familia", indica la sentencia.
Durante el juicio, el Estado salvadoreño reconoció que en el caso de Beatriz "'existía una situación de confusión' y que 'podrían haber sido mucho mejores los protocolos que habrían podido darles certeza a los médicos, en relación con una decisión que se tomó'", explicó el tribunal.
Sin embargo, la Corte concluyó que El Salvador violó sus obligaciones como Estado firmante de la Convención Americana de Derechos Humanos. Por ello, ordenó "establecer directrices y guías de actuación para el personal médico y judicial (…) en la atención de casos similares".
En vista de que Beatriz falleció en un accidente cuatro años después de su segundo embarazo, el tribunal ordenó al Estado que asuma la reparación de los familiares de la demandante por los daños sufridos y cubra los gastos de sus equipos legales.
El sentido del fallo
Delmy, la madre de Beatriz, dijo a BBC Mundo que se sentía "muy emocionada" de que la Corte IDH haya reconocido que los derechos de su hija fueron quebrantados por la decisión de impedirle interrumpir su embarazo.
Entre el activismo, es unánime la conclusión de que el caso tiene una trascendencia especial porque es la primera vez en que la CIDH ha debatido sobre el aborto como un servicio de salud pública que debe ser garantizado para las mujeres en América.
Para tener una opinión de una de las protagonistas en este litigio, Cba24n contactó a Morena Herrera, histórica referente feminista latinoamericana, que participó en el equipo de litigio de Beatriz, en representación de la Colectiva feminista para el Desarrollo Local del Salvador.
“Todavía estamos haciendo una lectura en profundidad, pero las primeras lecturas nos dejan un balance positivo, esperanzador y optimista, porque es una sentencia que no cierra posibilidades” señaló la litigante.
Resaltó el valor del pronunciamiento en un contexto de disputa por los derechos: “Toda la estrategia que han tenido los sectores antiderechos para descalificar el caso y para amenazar a la CIDH, se ha ido en el vacío porque la Corte reconoció que en el caso Beatriz, los hechos que presentamos, son reales, son verdaderos. Reconoció el sufrimiento que pasó Beatriz y su familia por la negación del aborto. Ese reconocimiento es parte de la justicia también”.
En la mirada de Herrera, “la sentencia ha reconocido que el estado violó los derechos y lo hace responsable internacionalmente por esa violación de derechos de Beatriz: el derecho a la salud, el derecho a la seguridad jurídica y el derecho a la privacidad y a la integridad personal”.
Pero no solo se reconocen estas violaciones de derechos generales sino que el fallo tiene una especificidad de gran significación en el tema del derecho a decidir. El fallo reconoce que “la negación del procedimiento de aborto es una forma de violencia obstétrica. Esto significa que una mujer que esté en embarazada con un embarazo de alto riesgo puede demandar los servicios del estado y el estado debe responder de una forma segura, con seguridad jurídica para proteger al personal médico y a las mujeres que son sus pacientes”.
En suma, la militante salvadoreña señala que “es una sentencia que ha hecho justicia con Beatriz y su familia y que marca caminos para seguir luchando. Además manda al estado a modificar los protocolos, a crear protocolos o modificar los normativas para brindar seguridad jurídica en este contexto”.
La legislación salvadoreña
La completa criminalización del aborto en El Salvador rige desde 1998 cuando se modificaron el Código Penal y la Constitución.
Se eliminaron entonces las tres causales que permitían un aborto legal en ese país hasta entonces: peligro para la salud o la vida de la gestante, malformación fetal congénita incompatible con la vida y los casos en que la gestación fuese producto de una violación.
En la reforma de la Constitución se le dio al embrión y al feto el status de persona y se estableció la protección del derecho a la vida desde el momento de la concepción.
Por eso hoy, en El Salvador el aborto se considera un delito, incluso cuando es necesario para salvar la vida de la mujer gestante. Tiene penas de 2 a 8 años de cárcel. Pero a las mujeres que llegan con emergencias obstétricas con pérdidas de embarazo, se las denuncia ante la sospecha de aborto. Y muchas terminan con penas de 30 o 40 años de cárcel por homicidio agravado.
Desde 2009, la Agrupación Ciudadana, en alianza con organizaciones nacionales e internacionales, logró la libertad de 65 de esas mujeres injustamente criminalizadas. Todas fueron denunciadas desde el sistema público de salud.