El Departamento de Estado de los Estados Unidos informó este viernes sobre la "designación" de la expresidenta argentina Cristina Kirchner y el exministro de Planificación Julio De Vido, debido a su “involucramiento en actos de corrupción significativa”, lo que les impide acceder al territorio estadounidense.
Según el comunicado emitido por el secretario de Estado, Marco A. Rubio, ambos exfuncionarios abusaron de sus posiciones para llevar a cabo y beneficiarse de varios esquemas de soborno vinculados a contratos de obras públicas, lo que resultó en el desvío de millones de dólares del Estado argentino.
Esta medida también se extiende a los familiares directos de Kirchner y De Vido, y se basa en la Sección 7031(c) de la Ley de Asignaciones del Departamento de Estado, que permite vetar el ingreso a EE.UU. de funcionarios extranjeros implicados en corrupción significativa o en graves violaciones de derechos humanos.
Rubio destacó que "Estados Unidos seguirá impulsando la rendición de cuentas para aquellos que usan el poder público para su propio beneficio", y subrayó que esta acción "refuerza nuestro compromiso de combatir la corrupción a nivel global, incluso en los niveles más altos del gobierno".
La decisión de la administración estadounidense llega después de que ambos exfuncionarios fueran condenados en distintos tribunales de Argentina por delitos relacionados con corrupción en la obra pública.
En el ámbito del Departamento de Estado de los Estados Unidos, el término "designación" (designated) hace referencia a una persona que ha sido formalmente identificada y sancionada por su implicación en actos de corrupción significativa o violaciones graves de derechos humanos.
Cuando se designa a alguien bajo la Sección 7031(c) de la Ley de Asignaciones, las consecuencias son las siguientes:
*La persona designada no podrá ingresar a EE.UU.
*Se le señala públicamente como responsable de corrupción u otros crímenes graves.
*Los familiares inmediatos (cónyuge e hijos) de la persona también pueden ser prohibidos de ingresar al país.
Este tipo de sanción no requiere una condena judicial en el país de origen de la persona, sino que se basa en pruebas y evidencia que el Departamento de Estado considera suficientes para aplicar la medida.