Córdoba

Luz y Fuerza pide a la Justicia que detenga la transformación de EPEC

La primera alarma se encendió en enero: se anunciaba que la agenda privatizadora de Nación llegaría a Córdoba y Luz y Fuerza denunciaba que el Gobierno provincial analizaba privatizar parte de EPEC.

Ver: Luz y Fuerza Capital: “Hace 35 años quieren meterle mano a EPEC”

El marco jurídico era el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23 del Gobierno Nacional, al que Córdoba adhirió inmediatamente, que obliga a las empresas estatales a reconvertirse e ir abriendo camino hacia las privatizaciones de todo lo relacionado a lo público.

Ante esa circunstancia, poco después el gremio decidió acudir a la justicia y en marzo pasado se conocía el fracaso de la audiencia de conciliación que convocó la Cámara Contencioso Administrativo de Segunda Nominación de la justicia cordobesa ante el reclamo formulado.

En esas condiciones, la Cámara tenía los elementos para pronunciarse, pero no lo hizo y el gobierno decidió avanzar aunque estuviese pendiente esa resolución, lo que se materializó este martes con el decreto que firmó el gobernador Llaryora.

Nueva presentación

En la misma jornada del martes, tan pronto se conoció el movimiento del gobernador, el secretario general del gremio, Jorge Molina Herrera, junto a los asesores letrados Marcos Daher y Miguel Rodríguez Villafañe, realizaron una presentación ante el Tribunal Superior de Justicia impugnando la validez del decreto que transforma a la empresa estatal en una sociedad anónima.

En el escrito ratificaron los argumentos presentados al solicitar el amparo que aún esta sin resolución y solicitaron que se dicte con carácter de urgencia la medida cautelar, con independencia de los planteos de fondo.

El comunicado oficial del gremio denuncia que “el gobierno actuó a espaldas de los planteos efectuados ante la justicia” y advierte que las medidas adoptadas se fundan en las mismas disposiciones que fueron impugnadas: “la ley provincial 11015, fundada a su vez en el decreto 70/23 dictado por el presidente Milei, nulo de nulidad absoluta e insanable.”

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