Córdoba

Causa Neonatal: el fallo reconoció violencia institucional contra bebés y padres

La sentencia en el juicio por la muerte y graves trastornos sufridos por bebés en el período marzo-junio de 2022 determinó el reconocimiento de la existencia de violencia institucional por parte del Estado provincial, más allá de adjudicar condenas y absoluciones a quienes estaban involucrados en la causa y sobre lo que se ha informado abundantemente.

Los 13 bebés y sus progenitores sufrieron actos que conforman violencia institucional, que “opera como una calificación jurídica transversal que supera la sola tipificación penal de los hechos para afirmar la responsabilidad estructural del Estado cuando, por acción u omisión, permite la reiteración de daños gravísimos en contextos institucionales bajo su tutela”, según explicó el abogado Sebastián Miranda. El letrado explicó que “se distinguen los sujetos activos, en este caso, agentes del sistema de salud provincial, incluidos funcionarios públicos que omitieron denunciar o encubrieron conductas aberrantes; y los sujetos pasivos, bebés recién nacidos y sus familias, en situación de especial vulnerabilidad y bajo cuidado estatal en hospitales públicos”.

El especialista aclaró que las circunstancias traducidas en los casos que analizó el tribunal determinaron homicidios y tentativas de homicidio mediante procedimientos insidiosos, encubrimientos institucionales, falsificación de documentación y omisiones de deberes funcionales. Miranda precisó que “la responsabilidad estatal se configura no solo penal-individual, sino también estructural, lo que motivó la condena conjunta de la autora material y del Estado provincial en múltiples demandas civiles resueltas en la misma sentencia”.

Como en los casos de en los que se adjudicaron penas, la calificación de violencia institucional también puede ser materia de apelación y allí tendrá que resolver el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) sobre la presentación que se pudiera hacer.

“El fallo constituye un precedente de importancia al visibilizar la violencia institucional como una categoría jurídica autónoma, con fundamento en normas constitucionales y de derechos humanos, aun cuando no exista un tipo penal específico denominado ‘violencia institucional` en el Código Penal argentino”, detalló Miranda. Finalmente, explicó que “más allá de las indemnizaciones concedidas, el fallo otorga una reparación simbólica al calificar sus padecimientos como producto de violencia institucional, lo que visibiliza el carácter colectivo, sistemático y estructural del daño”.

Cabe recordar que ya se aplicó esta jurisprudencia en el fallo del juicio por la muerte de Blas Correas, donde además de las condenas a los integrantes de la Policía provincial, de acuerdo a la participación que tuvieron y su grado de responsabilidad, se determinó la existencia de violencia institucional por parte del Gobierno provincial. Sobre las reparaciones económicas que fueron motivo de cuestionamientos por parte de la defensa de la enfermera Brenda Agüero previo la lectura del fallo, situación que provocó el inmediato rechazo de las madres y padres quienes declararon que “nada podía servir para compensar la vida de un hijo” y desafiaron a sus críticos a la pérdida de un hijo.

Las compensaciones económicas establecidas en la sentencia para las familias variaron en función de la muerte o daños de los recién nacidos y también teniendo presente los conceptos de maternidad incumplida, gastos de tratamientos y daño extrapatrimonial, sobre los que se realizaron diferentes cálculos estarán por encima de los 90 millones de pesos y alrededor de 13 millones, según el caso.

Tanto el Gobierno de la provincia de Córdoba como a enfermera Brenda Agüero, ella además de su responsabilidad penal adjudicada, tendrán que hacer costas civiles al igual que los cinco exfuncionarios que recibieron condenas en el juicio de ayer, aunque no así aquellos que fueron absueltos, cuyas demandas civiles fueron rechazadas por el tribunal.

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