Marcelino Chávez, condenado por doble asesinato, pidió la libertad condicional y el TSJ se lo negó
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) decidió, por mayoría, rechazar el recurso presentado por la defensa de Jorge Marcelino Chávez, condenado a cadena perpetua, que solicitaba la libertad condicional. Esta negativa se basa en que Chávez es reincidente, y la ley impide que los reincidentes accedan a la libertad condicional.
Chávez cumple su condena desde hace más de 25 años y no tiene posibilidad de salir en libertad próximamente.
El fallo mayoritario fue firmado por los jueces Sebastián López Peña y María Marta Cáceres de Bollati, considerando que el recurso no es válido para cuestionar la constitucionalidad del artículo 14 del Código Penal, que prohíbe la libertad condicional para reincidentes. Además, señalaron que no se hizo ningún pedido formal para declarar esta norma inconstitucional y que la defensa aceptó la regla antes.
También rechazaron tomar en cuenta una opinión minoritaria de un ex juez de la Corte Suprema, Raúl Eugenio Zaffaroni, quien sugirió revisar la cadena perpetua a los 25 años. La mayoría aclaró que esta postura no es compartida por el máximo tribunal.
Los jueces indicaron que modificar la forma en que se revisa la cadena perpetua es algo que debe hacer el Congreso, respetando la división de poderes. Solo el Congreso puede cambiar las reglas de penas y beneficios, y el Poder Judicial no puede inventar nuevas condiciones que no estén en la ley.
Además, mencionaron que un proyecto para reformar el Código Penal mantiene la prohibición de libertad condicional para reincidentes, salvo que hayan cumplido 35 años de prisión, o 40 en caso de multirreincidencia, tal como establece la ley 26.200.
Chávez formó parte del asesinato brutal a Manuel Romo y mata también a Roberto Pérez
En 1996, Chávez fue parte de un trio que terminó brutalmente con la vida de dos personas.
En un violento altercado en barrio Santa Isabel segunda sección, en la noche del 20 de noviembre de aquel año, tras una discusión (posiblemente motivada por el consumo de alcohol), Jorge Marcelino Chávez, junto con los hermanos Pucheta, se cruzó en un enfrentamiento armado con los hermanos Romo.
Manuel Romo murió tras recibir varios disparos. Chávez continuaba disparando contra el cuerpo cuando uno de los proyectiles alcanzó a Roberto Arnaldo Pérez, (que no tenía relación con el incidente y estaba jugando un partido de fútbol), también muere.
En junio de 1998, la Cámara 9ª del Crimen dictó contra Chávez la condena de prisión perpetua.
Voto en minoría: la importancia de la revisión y la dignidad humana
La jueza Aída Tarditti votó en contra. Reconoce que la cadena perpetua y la reincidencia son constitucionales, pero advierte que la pena puede ser incompatible con los derechos humanos si no permite ninguna posibilidad de revisión ni libertad, aunque la persona se haya rehabilitado.
Explica que la ley actual hace que la cadena perpetua sea definitiva, porque no deja lugar para libertades anticipadas a los reincidentes, bloqueando así la progresión y la reinserción.
Para ella, esto va contra el principio de resocialización, ya que supone que el tratamiento penitenciario no sirve, algo contrario a la idea de justicia argentina y a los tratados internacionales.
Además, dice que esta situación podría considerarse un trato inhumano, porque condena a alguien a vivir sin esperanza de salir y volver a integrarse a la sociedad, afectando su dignidad.
Ante esta falta de reglas claras, propone usar por analogía un artículo del Estatuto de Roma, que permite revisar la pena después de 25 años y repetir esa revisión cada tres años, para ver si la persona cumplió con la resocialización.
Esta revisión no implica la libertad automática, sino un análisis de informes sobre conducta y reinserción. Si se confirma que la persona está rehabilitada, podría pedir la libertad anticipada.
La jueza concluye que esta revisión debería aplicarse a todas las cadenas perpetuas sin posibilidad de cambio, como mínimo mientras el Congreso no establezca una ley específica.
Además del caso de Chávez, la Sala Penal del TSJ tomó decisiones similares en otros dos casos. Los documentos completos están disponibles en los archivos adjuntos.