Modifican la Ley de Inversiones Mineras para acelerar los proyectos de cobre, oro y litio
El Gobierno nacional modificó la Ley de Inversiones Mineras y el Banco Nacional de Información Geológica para agilizar el desarrollo de proyectos de cobre, oro y litio, principalmente.
En el marco de las facultades delegadas a través de la Ley de Bases, el presidente Javier Milei modificó mediante el Decreto 449/25 las Leyes 24.196 y 24.466 con el fin de adecuar funciones de la Secretaría de Minería, que según el Gobierno, "imponían cargas burocráticas que carecían de racionalidad o de una adecuada proporcionalidad con los fines que las normas modificadas procuraban alcanzar".
El decreto publicado este lunes 7 de julio en el Boletín Oficial también lleva la firma del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Economía, Luis Caputo.
Una de las modificaciones más importantes es que se agilizó el trámite de verificación de las inversiones realizadas y proyectadas por una empresa, que antes era engorroso y de difícil cumplimiento.
Los formularios que estaban vigentes contenían más de 1.000 campos de datos para completar, en los cuales 80% de la información requerida no tenía respaldo legal.
A partir de ahora, el beneficiario deberá presentar un informe sobre las inversiones pasadas elaborado por un profesional independiente, optimizando así las tareas de control de la autoridad de aplicación y eliminando carga administrativa.
El Decreto 449/2025 modifica las leyes 24.196 (Régimen de Inversiones Mineras) y 24.466 (Banco Nacional de Información Geológica), con el objetivo de simplificar trámites, reducir burocracia y optimizar recursos del Estado. Se enmarca en las facultades delegadas por la Ley de Bases 27.742.
Cuáles son los principales cambios:
- Simplificación del certificado de estabilidad fiscal:
Se elimina la necesidad de detallar tributos y tasas vigentes en cada jurisdicción. La Autoridad de Aplicación solo deberá consignar la fecha de presentación del estudio de factibilidad, la cual será el punto de referencia para aplicar el beneficio de estabilidad fiscal.
- Nuevo sistema de control de inversiones:
Las empresas mineras inscriptas deberán presentar anualmente una declaración jurada con el detalle de las inversiones realizadas, acompañada por un informe técnico de un profesional independiente. Esto reemplaza inspecciones más complejas por un control documental sistematizado.
- Centralización de la fiscalización:
Se refuerzan las tareas de verificación de la Autoridad de Aplicación (Secretaría de Minería), la cual utilizará la información anual presentada por los beneficiarios para controlar el cumplimiento de los compromisos asumidos.
- Reasignación del Banco Geológico:
La administración del Banco Nacional de Información Geológica pasa del Ministerio de Economía al SEGEMAR (Servicio Geológico Minero Argentino), organismo especializado, con el objetivo de evitar superposiciones y mejorar la gestión técnica.
- Aplicación inmediata:
El decreto entra en vigencia con su publicación y aplica también a los trámites que estén en curso.
Esta reforma se alinea con los postulados del Gobierno nacional de reducir el tamaño del Estado, eliminar funciones duplicadas y facilitar el desarrollo de inversiones privadas, especialmente en sectores estratégicos como la minería.
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