Es agosto de 2020.
En marzo, el presidente Alberto Fernández había dispuesto el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO) como principal medida sanitaria para enfrentar la pandemia de COVID-19.
El decreto 297/2020 dispone que los habitantes de todo el país “deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos”.
Noventa días después, acompañado por el gobernador de Buenos Aires, Axel Kicillof, y el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, Fernández anunció que se endurecían las medidas preventivas, con más restricciones a la circulación.
La inexperiencia es absoluta; el desconocimiento, la angustia y las urgencias van ganando por goleada. Se suceden episodios en que las medidas adoptadas producen situaciones límite que pocas veces encuentran una justa vía de resolución.
El caso Solange Musse
Solange se encuentra en internación domiciliaria, bajo cuidados médicos porque es enferma terminal de cáncer y le queda poco tiempo de vida. Reside en Alta Gracia; su padre viaja desde la localidad de Plottier, provincia de Neuquén, para internarla y verla antes del final.
Cuando llega a Huinca Renancó, Eduardo Andrada, entonces director del hospital y del Comité de Emergencia local, y la asistente social Analía Morales, ambos a cargo del puesto sanitario local, le impiden el ingreso a la provincia y la continuidad de su viaje.
Pablo Musse es obligado a regresar y su hija muere sin despedirse de su padre. Deja una carta desgarradora, en la que cuenta su dolor y reclama sus derechos:
“Siento tanta impotencia de que sean arrebatados los derechos de mi padre para verme y a mí para verlo. ¿Quién decide eso si queremos vernos? Acuérdense, hasta mi último suspiro tengo mis derechos; nadie va a arrebatar eso en mi persona”.
El padre, que consigue autorización para llegar al entierro, decide continuar con el reclamo expresó su hija, por el abrazo que faltó.
En la causa que inicia, finalmente se dispone que vayan a juicio Eduardo Andrada, como jefe del COE, y la trabajadora social, imputados como coautores del delito de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Dos imputados fueron sobreseídos por el juez de Huinca Renancó, Claudio Fabián Mazuqui.
El juicio
Ese juicio comenzará el próximo lunes, a partir de las 8:30, en la Cámara Criminal y Correccional de 1.ª Nominación de Río Cuarto.
La fiscalía sostiene que los acusados desoyeron la normativa vigente que, en casos de situaciones “impostergables” como esta, obligaba a escoltar al denunciante hasta el domicilio de la persona con discapacidad o al lugar donde se encontraba la paciente en estado crítico.
El tribunal estará presidido por el camarista Daniel Antonio Vaudagna, acompañado por el vocal Nicolás A. Rins, el juez Diego Ortíz y jurados populares. La acusación estará a cargo del fiscal de Cámara Julio M. Rivero.