Córdoba

El juez Vaca Narvaja explicó la nulidad del pedido que acusa a Mariela Parisi

El juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja declaró la nulidad del requerimiento del fiscal federal Enrique Senestrari quien había pedido la imputación de Mariela Parisi, exdecana de la Facultad de Ciencias de la Comunicación (FCC), de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) por los presuntos delitos de administración fraudulenta e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

En diálogo con Fuerte y Claro, por SRT Media, Vaca Narvaja explicó que el requerimiento de instrucción está regulado por el artículo 188 del Código de Procedimientos Penales de la Nación. El inciso segundo de ese artículo dice que para hacer una acusación, técnicamente bien hecha, tiene que estar correctamente circunstanciado el hecho por el cual se acusa una persona.

“El requerimiento de instrucción del fiscal tiene dos páginas y media. Hace una mención a una gestión de la señora Parisi, de ocho años en la universidad, y dice que en esa gestión se habrían cometido algunas irregularidades, pero no determina las circunstancias de modo, tiempo y lugar de esas irregularidades. Por lo tanto, deja a la persona que está acusada de una situación de indefensión que absolutamente resulta intolerable en un estado de derecho”, explicitó el juez federal.

Aclaró que esta nulidad del requerimiento no implica la nulidad o cierre de la causa, solo hay que reformular el pedido: “No es que la causa pasa a foja cero ni que se cae la causa. La causa está, hay una denuncia, hay todo un material probatorio que está en la Fiscalía y, si el fiscal considera que hay personas que son dignas de ser acusadas conforme la ley, tiene que hacerlo de una manera que sea técnicamente acorde a lo que establece el Código” y señaló que si el fiscal quisiera apelar la resolución del juzgado, la Cámara será quien resuelva si se acepta o no.

Pedido de querella, rechazada

La medida deja sin efecto la imputación, que había sido solicitada a partir de una denuncia presentada en febrero de este año por el exconsiliario estudiantil y apoderado de la agrupación "12 de Diciembre" del claustro de docentes de la Facultad de Comunicación de la UNC, Lucas Gonzalo Valdez. El planteo citaba un informe periodístico del portal “Striptease del poder”, en el que se cuestionaban viáticos, viajes académicos y gastos sin respaldo reglamentario. Según la fiscalía, más de 70 millones de pesos sería la suma que se habrían utilizado de manera irregular.

En su resolución Vaca Narvaja rechazó que Valdés pueda actuar como querellante particular: “A la solicitud de Lucas Gonzalo Valdés de ser tenido por querellante particular en el proceso, no ha lugar, por cuanto de las constancias de autos no surge que sea el particular ofendido por el delito, ni invoca personería ni acredita los extremos de la misma”.

Sobre este punto, el juez federal se explayó sobre este requerimiento. Señaló que el denunciante pertenece a un sector de la universidad y esto no legitima de por sí ser querellante. El Código de Procedimiento establece ciertos requisitos para ser querellante, uno de ellos es el interés. Si se acredita un interés determinado, se lo puede admitir como querellante. Pero no toda persona que denuncia puede serlo, detalló.

Vaca Narvaja declaró la nulidad del requerimiento de instrucción contra Mariela Parisi

Las opciones judiciales de Enrique Senestrari

El fiscal federal Enrique Senestrari, fue quien había pedido la imputación de Mariela Parisi, por los presuntos delitos de administración fraudulenta e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

En SRT Media, explicó que, como Claudio Orosz y Ramiro Fresneda, además de ser los representantes de Parisi, son sus abogados en otra causa confeccionó un escrito que consta de tres partes: primero, informó al juez sobre su apartamiento porque sus abogados personales asumieron la defensa de Parisi. Segundo, como consecuencia de eso, pidió que suspenda los plazos para recurrir la resolución de nulidad porque son tres días y el fiscal que deberá intervenir necesita poder ver el caso, estudiarlo y decidir si recurre o no. Y, tercero, como consideró que la decisión de nulidad es “completamente infundada” porque “los pasos que cumplimos permiten sostener la validez del escrito” propuso que si el juez no le brinda la suspensión de plazos, hace la apelación a la nulidad del pedio de imputación explicando por qué sí es válido el escrito que presentó.

Senestrari detalló que las opciones que barajaría Vaca Narvaja ante este panorama son aceptar el apartamiento del fisal o no. Si no lo acepta, le da trámite a la apelación, suspende los plazos y el fiscal nuevo tiene tiempo para estudiarlo y decidir. Y si no acepta el plazo, tiene que concederle a Senestrari el recurso e ir a la Cámara que “no tengo la menor duda de que va a decir que el requerimiento es válido porque no tiene nada de lo que dice la resolución como falla”, explicó el magistrado.

El fiscal cree que la decisión muestra la “intención de anular algo que no es anulable”, porque no se anulan las calificaciones legales. “Es absurdo porque los fiscales no tenemos ni siquiera obligación de incluir la calificación legal en el hecho, sólo tenemos que describir de modo más o menos fundado, más o menos prolijo los hechos, como hipótesis para investigar y que después se pueden precisar con el avance del caso”.

La decisión del juez dice que “no es preciso lo que le digo y en el hecho le estoy poniendo la auditoría que hizo a la Universidad Nacional de Córdoba, el rectorado, donde define cada uno de los casos, donde hay que analizar si son delitos o no son delitos, y quien quiera que lo lea, para ver con todo lo puntilloso que es una auditoría contable, cada ticket, cada fecha, cada concepto, cada monto que se pago, está todo, así que no es nulo definitivamente”.

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