El sendero político marchito del gobierno nacional sufrió este jueves otro revés en la sesión especial de la Cámara de Senadores, que terminó por imponerse con mayorías agravadas para confirmar el rechazo a los vetos del presidente Javier Milei sobre el financiamiento universitario y la emergencia pediátrica.
La normativa conocida como Ley Garrahan concitó 59 votos a favor, siete negativos y tres abstenciones. Mientras que la normativa que afecta a la educación superior reunió 58 votos positivos, siete negativos y cuatro abstenciones.
A las 10.26 de la mañana, la oposición obtuvo la mayoría legislativa para comenzar la sesión.
Pasadas las 12 del mediodía de este jueves, en el Senado la oposición consiguió los dos tercios para tratar los vetos de Milei. Reunió los dos tercios necesarios para aprobar el tratamiento de la insistencia en la sanción de la ley de universidades nacionales, con 61 votos afirmativos y 8 negativos.
Por otro lado, la Cámara alta también dio curso a la insistencia en el veto a la emergencia sanitaria en pediatría y residencias nacionales, con una habilitación que contó con 62 votos a favor y 7 en contra.
Esta última norma, conocida como «Ley Garrahan», apunta a “la recomposición inmediata de los salarios del personal de salud asistencial y no asistencial que atiende a la población pediátrica con criterios de equiparación y reconocimiento por funciones críticas” del nosocomio, incluyendo “a los residentes nacionales de salud de todas las especialidades que se desempeñan en efectores de salud pediátricos y no pediátricos”.
Los detalles de informes de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) dejan en claro que el “impacto fiscal” de julio a diciembre es de $65.573 millones.
La norma, a su vez, exime “a todo el personal de salud que se desempeña en efectores públicos y privados del pago de ganancias cuando desempeñan actividades críticas, horas extras y/o guardias”.
En cuanto a las casas de altos estudios, se establecen subas bimestrales y se dispone que debe hacerse una actualización “al 1 de enero de 2025, según la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en el período comprendido entre el 1º de mayo y el 31 de diciembre de 2024”, del “monto de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas”.
Se obliga al Poder Ejecutivo, a su vez, a “actualizar los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas entre el período 1/12/2023 hasta la sanción de la presente ley, en un porcentaje que no puede ser inferior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC en el mismo período”, con incrementos “remunerativos y bonificables”.
La obligación que establece la ley, a su vez, es la de una paritaria “que no podrá exceder los tres (3) meses calendarios, asegurando en todos los casos y tramos de la negociación una actualización mensual no inferior a la inflación publicada para personal docente como no docente”.
De conseguir los dos tercios de los votos presentes, la oposición repetiría lo ocurrido con la Ley de Emergencia en Discapacidad, que el Gobierno rubricó bajo la obligación que demandó el rechazo al veto primario.