Reforma laboral: definen a repartidores de Apps como prestadores sin relación de dependencia
Es inminente el tratamiento de la reforma laboral que impulsa el gobierno de Javier Milei en las sesiones extraordinarias que comienzan este miércoles.
El proyecto oficial incorpora un apartado específico para los trabajadores de los servicios de reparto y mensajería que usan las plataformas tecnológicas como Pedidos Ya, Mercado Libre o Rappi.
La iniciativa crea la figura del repartidor independiente sin sostener ningún vínculo laboral con las empresas, con contratos de servicio y con aportes a cargo de los trabajadores.
El texto también consigna que las partes podrán acordar libremente los términos del contrato y que las plataformas deberán ofrecer capacitación, elementos de seguridad y un seguro de accidentes personales que no implica una relación de dependencia. Además añade la aplicación supletoria de las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación para algunos casos no previstos en el régimen específico.
El proyecto estipula que es un contrato de prestación de servicio no laboral y que el repartidor independiente debe estar inscripto debidamente antes las autoridades fiscales correspondientes y cumplir con todas sus obligaciones tributarias y de seguridad social y notificar cualquier alteración de su situación fiscal. Es decir que el trabajador deberá aportar al ARCA y a la Seguridad Social, sin el derecho propio de las vacaciones, maternidad, aguinaldo, licencia por enfermedad, etc.
Por último enfatiza que el repartidor percibirá una retribución dineraria, no una remuneración, de parte del usuario consumidor a través de la plataforma por la que presta servicio.