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Córdoba: el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura criticó la creación de la Procuración Penitenciaria

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT), organismo creado por Ley 26.827 expresó sus críticas al Proyecto de Ley 44944/L/25, actualmente en tratamiento, mediante el cual se propone la creación de una Procuración Penitenciaria en el ámbito provincial.

Pese a avalar el impulso legislativo orientado a fortalecer la protección de los derechos de las personas privadas de libertad, el órgano rector del Sistema Nacional para la Prevención de la Tortura, Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de la República Argentina, expresó sus objeciones al proyecto impulsado por el oficialismo cordobés, ya que el diseño institucional previsto “presenta importantes inconsistencias respecto de las obligaciones asumidas por la República Argentina al ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT), y tampoco se adecua a los lineamientos establecidos por la Ley 26.827 ni a las recomendaciones emitidas por el mismo Comité”.

“Consideramos que la iniciativa en tratamiento no daría cumplimiento a la obligación internacional del Estado provincial de constituir su Mecanismo Local de Prevención (MLP), manteniendo así el incumplimiento señalado reiteradamente por diversos órganos internacionales de derechos humanos y por este mismo Comité Nacional”, expresaron.

“Se observa la competencia restringida que tiene el organismo propuesto toda vez que se advierte que no se encuentran previstas las visitas de monitoreo no anunciadas ni las entrevistas confidenciales con personas privadas de libertad, facultades que constituyen el núcleo operativo del modelo preventivo del OPCAT”.

Otra de las críticas es la falta de independencia funcional y autarquía financiera del órgano que se pretende crear.

“El proyecto sitúa al organismo dentro de la órbita del Poder Judicial, con dependencia administrativa, presupuestaria y de personal del Tribunal Superior de Justicia. Ello contraviene lo dispuesto por el OPCAT en sus artículos 18.1 y 18.3, que exigen que los mecanismos cuenten con plena independencia y con los recursos suficientes para desempeñar su mandato sin interferencias. También se aparta de lo establecido en la Recomendación CNPT 9/2020, según la cual los mecanismos locales deben poseer la capacidad de gestionar de manera autónoma sus recursos”, destacaron.

La idea del oficialismo de Llaryora tampoco garantiza la pluralidad y participación ciudadana requeridas, según el Comité. “Su composición eminentemente institucional reduce al mínimo la presencia de sectores sociales, académicos y profesionales indispensables para asegurar miradas diversas”.

En cuanto a su modelo de funcionamiento, tampoco se observan mecanismos de selección de sus integrantes que respeten procedimientos de designación que sea público, transparente, participativo e inclusivo, con criterios de género, pluralidad o multidisciplinariedad.

“Este Comité considera que el Proyecto no satisface los requisitos mínimos establecidos por el OPCAT, la ley 26.827 y las recomendaciones específicas de este organismo, y que su eventual aprobación no permitiría cumplir con la obligación pendiente de la Provincia de Córdoba de constituir su Mecanismo Local de Prevención. Por el contrario, consolidaría un modelo institucional que, aun pudiendo resultar valioso para otras funciones estatales, no responde a los estándares internacionales que rigen en materia de prevención de la tortura”, sostuvieron.

Por ultimo, en el documento enviado a la Legislatura, recomendaron la elaboración de una normativa “que permita la creación de un Mecanismo Local de Prevención plenamente compatible con los estándares internacionales, garantizando independencia, autarquía funcional, participación plural de la sociedad civil y facultades preventivas amplias, máxime contando con numerosos antecedentes parlamentarios en ese sentido”.

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