Córdoba

Córdoba: el Gobierno busca prohibir ‘Naranjitas’ ilegales y limpiavidrios

La profusa difusión de parte del Gobierno de eventos policiales que incluían a “cuidacoches” tenía un fin: la reforma del Código de Convivencia de la provincia de Córdoba.

Incluso se llegó a dar a conocer un “contador” de detenciones por desempeños ilegales, desarrollado por la propia Policía.

En las últimas horas, el propio ministro de Seguridad, Juan Pablo Quinteros, hizo público el proyecto que este viernes se debate en comisión de la Legislatura. Y sentenció: “Instamos a los legisladores de todos los bloques que integran la Unicameral a dar una discusión seria, que anteponga la paz y tranquilidad de los cordobeses a la politiquería mezquina y personalista que no transforma ninguna realidad”.

Durante una entrevista en el programa Fuerte y Claro de los SRT, el ministro aseguró que el objetivo central de la iniciativa es “ordenar la vía pública, prevenir conflictos y proteger al vecino”, y negó que se trate de una política punitiva. La Comisión de Seguridad de la Legislatura comenzó a analizar el proyecto que introduce cambios clave en materia de uso del espacio público, seguridad vial y salud.

Naranjitas

Explicó que la propuesta refuerza la regulación sobre los cuidacoches o “naranjitas”, estableciendo que solo podrán ejercer la actividad quienes cuenten con autorización municipal expresa. “El Código de Convivencia es claro: en los lugares donde exista habilitación legal, determinada por los municipios, la actividad podrá realizarse. Lo que buscamos es tener absolutamente un orden en la calle”, sostuvo el ministro.

El funcionario remarcó que uno de los principales problemas detectados es el cobro indebido y coercitivo por el uso del espacio público. “Muchas veces, bajo el pretexto del cuidado del auto, se pretende el pago mediante coacción. La calle no debe tener dueño y nadie puede apropiarse del espacio público”, afirmó. En ese sentido, señaló que durante el último año hubo más de 370 personas detenidas tras llamados al 911 por situaciones de este tipo, especialmente en zonas nocturnas y eventos masivos.

Quinteros subrayó que la reforma no elimina la autonomía municipal, sino que busca establecer reglas claras. “Por Constitución, los municipios son autónomos y el ordenamiento del tránsito es facultad municipal. Lo que queremos es que quede absolutamente determinado dónde se puede cobrar y quiénes están habilitados”, explicó, y destacó que en Córdoba existen más de 350 personas cooperativizadas que trabajan en zonas señalizadas y sin generar conflictos.

Limpiavidrios: prohibición total

Otro punto central de la iniciativa es la prohibición total de la actividad de los limpiavidrios en la vía pública. Según el ministro, a diferencia de los cuidacoches, esta práctica implica un riesgo directo para la seguridad vial. “Se paran en las esquinas, obligan a detenerse en el semáforo y generan situaciones de tensión. No intentamos criminalizar la pobreza, sino garantizar la paz social y el orden público”, remarcó.

La reforma incorpora el artículo 60 bis y establece de manera expresa la prohibición de la limpieza de vidrios de vehículos en la vía pública, al considerar que se trata de una práctica riesgosa en cuanto a la seguridad vial y generadora de conflictos.

El texto señala lo siguiente: “Serán sancionados quienes ofrecieren, realizaren o intentaren realizar la limpieza de parabrisas, vidrios u otras superficies de vehículos detenidos o en circulación, en la vía pública o en lugares de acceso público.”

La norma aclara que la prohibición alcanza especialmente a “cruces semaforizados, calzadas, banquinas, playas de estacionamiento de uso público o zonas de detención momentánea, aun cuando no mediara solicitud previa del conductor.”

Al igual que en el caso de los naranjitas, las sanciones se agravan cuando estas conductas se desarrollan en el marco de espectáculos o eventos masivos.

Salud: multas por no vacunar y protección a equipos sanitarios

En materia de salud pública, el proyecto incorpora el artículo 75 bis, que sanciona la omisión de la vacunación obligatoria de niñas, niños y adolescentes. El artículo establece que: “Serán sancionados los padres, tutores o responsables legales que omitieren asegurar que los menores de edad a su cargo reciban las vacunas obligatorias establecidas en el Calendario Nacional de Vacunación.”

Las sanciones previstas incluyen multas, arresto o trabajo comunitario en centros asistenciales u hospitales públicos, y se dispone que: “La reincidencia triplicará los mínimos y máximos de la sanción aplicable.”

Además, se refuerza la obligación de los efectores de salud y funcionarios públicos de comunicar a la autoridad competente los casos de vulneración del derecho a la vacunación.

Violencia contra equipos de salud y daños a hospitales

El proyecto también modifica los artículos 67 y 68 del Código, ampliando la protección frente a agravios, amenazas o actos de violencia contra personal de salud, tanto en forma presencial como a través de medios digitales.

La norma dispone sanciones para quienes “profieran insultos, intimidaciones o conductas que perturben, menoscaben o agraven la dignidad del personal que integra los equipos de salud.”

Las penas se agravan cuando los hechos ocurren dentro de establecimientos sanitarios, ponen en riesgo la integridad física del personal o se producen durante procedimientos oficiales.

Del mismo modo, se endurecen las sanciones cuando los daños recaen sobre: “Bienes afectados a servicios esenciales de salud, educación, seguridad, transporte o justicia”, al considerar que su deterioro impacta directamente en el conjunto de la comunidad.

Un Código más preventivo y actualizado

La reforma se enmarca en una actualización integral del régimen contravencional, que refuerza el rol del Ministerio de Seguridad como autoridad de aplicación y consolida un enfoque preventivo, proporcional y orientado a la gestión temprana de los conflictos.

Con estas modificaciones, la Provincia busca ordenar el espacio público, mejorar la convivencia y proteger derechos esenciales, brindando herramientas claras al Estado para actuar frente a prácticas que generan intimidación, riesgo vial o afectan el normal funcionamiento del sistema de salud.

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