Los repartidores de plataformas son empleados, para la Corte Suprema bonaerense
La Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires rechazó los planteos de las empresas del sector y, por otro lado, validó las sanciones económicas impuestas por el Ministerio de Trabajo del gobierno provincial de Axel Kicillof.
De este modo, la Justicia respaldó el criterio oficial y el impacto es inmediato ya que el punto central del fallo es claro: la actividad de los repartidores reúne las condiciones típicas de un empleo formal.
Esto implica que el modelo actual, basado en trabajadores independientes, queda en discusión y abre la puerta a una transformación profunda del sistema.
Entonces, si este criterio judicial se extiende, las plataformas podrían verse obligadas a:
- Registrar a sus trabajadores.
- Pagar aportes y cargas sociales.
- Otorgar cobertura y seguros.
- Cumplir con las normas laborales vigentes.
En otras palabras, dejar atrás la categoría de “socios” o “colaboradores” a empleados.
Durante años, las apps sostuvieron un modelo basado en la autonomía: cada repartidor elige cuándo conectarse, cuánto trabajar y cuánto ganar.
Pero la Justicia ahora pone el foco en otro punto: el control, la dependencia económica y la organización del trabajo. Porque más allá de la flexibilidad, el sistema presenta elementos típicos de una relación laboral: asignación de tareas, tarifas definidas por la plataforma y dependencia del ingreso.